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Títulos universitarios oficiales
Títulos oficiales
Suplemento europeo al título
 
Títulos propios de la Universidad
Títulos propios de pregrado de la UB
Títulos propios de posgrado de la UB
 
Otros títulos o diplomas de la UB
Premios extraordinarios
Certificado del periodo docente (CPD)
Diploma de estudios avanzados (DEA)
Mención de doctor europeo
Credencial de homologción de título de doctor
 
informació Més informació:

Universitat de Barcelona
Àrea de Suport Acadèmico Docent

Gestió Acadèmica - Títols

Tel. 934 021 767

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  Títulos universitarios oficiales

Títulos oficiales

 

El Gobierno, mediante reales decretos, establece cuáles son las enseñanzas universitarias que conducen a la obtención de los títulos universitarios oficiales y con validez en todo el territorio nacional.

Estos títulos tienen efectos académicos plenos y habilitann para el ejercicio profesional, de acuerdo con la normativa vigente.

Los títulos universitarios oficiales expedidos por la Universidad de Barcelona son los siguientes:
Grado
Diplomado o Diplomada
Ingeniero Técnico o Ingeniera Técnica
Maestro o Maestra
Ingeniero o Ingeniera
Licenciado o Licenciada
Máster Universitario
Doctor o Doctora

1. Solicitud del título

El título oficial se tramita en el centro responsable del expediente de la persona titulada, a petición de ésta, previa verificación del cumplimiento de los requisitos que establece la normativa, y después de que se haya efectuado el pago de los precios públicos que establezca el decreto correspondiente de la Generalidad de Cataluña. Este decreto tiene por objeto fijar los precios de los servicios académicos y complementarios de las enseñanzas que conducen a la obtención de los títulos oficiales.

Exenciones  
Premio Extraordinario (Títulos anteriores al Espacio Europeo de Educació Superior-Bolonia) exención total del importe a pagar (+)
Familia numerosa especial

exención total del importe a pagar
Família numerosa general exención del 50 % del importe a pagar
Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
exención total del importe a pagar
Víctimas de actos terroristas exención total del importe a pagar
Víctimas de violencia de género exención total del importe a pagar

 

Documentación que hay que aportar

El centro responsable especifica la documentación que hay que aportar para tramitar el título universitario.

2. Resguardo o certificado de pago de los derechos de expedición

El resguardo o certificado de pago de los derechos de expedición es el documento que el centro entrega a la persona que haya terminado los estudios conducentes a la obtención de un título oficial y haya satisfecho los derechos de expedición.

3. Certificado sustitutorio del título

El certificado sustitutorio del título contiene la misma información que figura en el título. El hecho de que esté firmado por el decano, la decana, el director o la directora del centro posibilita la legalización y favorece la eficacia del resguardo ante los organismos donde se debe justificar el título.

La solicitud de este certificado no conlleva el pago de tasa adicional.

4. Notificación para recoger el título

El centro comunica por escrito a los estudiantes cuándo pueden pasar a recoger el título expedido.

5. Entrega del título

El título únicamente podrá ser retirado de la secretaría del centro por la persona titular, que deberá identificarse mediante presentación del original del DNI, NIE o pasaporte.

Si no lo puede hacer personalmente, puede autorizar a otra persona para que lo recoja, siempre mediante poder notarial. En este caso, la persona autorizada debe llevar el poder notarial y original y fotocopia de su DNI, NIE o pasaporte. Si dicho poder ha sido formalizado ante un notario extranjero, el documento debe ser legalizado por vía diplomática o apostillado, si el país de donde procede el documento es signatario del Convenio de la Haya de 1961.

En el caso de residir fuera de Barcelona, ​​el titular puede solicitar por escrito al centro el envío de su título a la Delegación del Gobierno-Alta Inspección de Educación o Subdelegaciones del Gobierno o a la Oficina Consular más cercana a su lugar de residencia . Este servicio conlleva el pago previo de una tasa por el gasto del envío del título.

El plazo para la recogida de este título es de cinco años, contados desde la fecha de expedición.

 

6. Duplicados y rectificaciones

Las personas tituladas pueden solicitar la expedición de duplicados de los títulos cuando sea necesario modificar o rectificar los datos iniciales del documento. Hay que justificar documentalmente el motivo del duplicado y abonar, en su caso, los precios públicos.

Siempre que sea necesario modificar los datos iniciales por causa imputable al interesado se abonará la tasa de duplicado del título.

Las causas de solicitud de duplicado más frecuentes son:

  1. Por cambio de nombre, apellidos o datos personales.
  2. Para incorporar el premio extraordinario (únicamente se puede incorporar en títulos anteriores al EEES) o una segunda especialidad.
  3. Por cambio de nacionalidad.
  4. Per pérdida.
  5. Per deterioro.

En el caso de pérdida del título, además de la tasa de duplicado ha de pagarse el importe de la publicación del anuncio en el BOE.

Pasados 30 días de la fecha de publicación, la persona interesada puede abonar la tasa de duplicado.

Suplemento Europeo al Título

Las personas que obtengan un título oficial pueden solicitar el Suplemento Europeo al Título (SET) siempre que su enseñanza estuviera en vigor en fecha 12 de septiembre de 2003 o en fecha posterior.

El SET es un documento que añade información al título oficial, mediante una descripción de su naturaleza, el nivel, el contexto y el contenido, con el objetivo de incrementar la transparencia de las diversas titulaciones de educación superior.

De acuerdo con la normativa vigente, la Universidad de Barcelona expide el SET a solicitud del interesado y tras el pago de los derechos de expedición correspondientes.

Títulos propios de pregrau de la UB

Los títulos propios de pregrado de la UB son títulos de la Universidad de Barcelona que se expiden al amparo del art. 34 de la Ley orgánica de universidades y no tienen el carácter oficial previsto en la propia Ley.

Los títulos propios de pregrado a los que conducen las enseñanzas propias de la UB son los siguientes:
Graduado o Graduada
Graduado Superior o Graduada Superior

Sol·licitud del títol

Una vez superada la enseñanza, el interesado debe solicitar a la secretaría del centro la expedición del título y abonar los derechos de expedición.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno de la UB, el importe es el mismo que establece cada curso académico el decreto de precios públicos.

Exenciones  
Premio Extraordinario (Títulos anteriores al Espacio Europeo de Educació Superior-Bolonia) exención total del importe a pagar (+)
Familia numerosa especial

exención total del importe a pagar
Família numerosa general exención del 50 % del importe a pagar
Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %
exención total del importe a pagar
Víctimas de actos terroristas exención total del importe a pagar
Víctimas de violencia de género exención total del importe a pagar

 

Documentación que hay que aportar

El centro comunica por escrito a los estudiantes cuándo pueden pasar a recoger el título expedido.

Duplicados i rectificaciones

Las personas tituladas pueden solicitar la expedición de duplicados de los títulos cuando sea necesario modificar o rectificar los datos iniciales del documento. Hay que justificar documentalmente el motivo del duplicado y abonar, en su caso, los precios públicos.

Siempre que sea necesario modificar los datos iniciales por causa imputable al interesado se abonará la tasa de duplicado del título.

Las causas de solicitud de duplicado más frecuentes son

  1. Por cambio de nombre, apellidos o datos personales.
  2. Per pérdida.
  3. Per deterioro.

 

Títulos propios de posgrado de la UB

La UB, haciendo uso de la autonomía universitaria, imparte enseñanzas para postgraduados al amparo del art. 34 de la Ley orgánica de universidades que no tienen el carácter oficial previsto en la propia Ley. Una vez superadas con aprovechamiento las evaluaciones previstas en los programas correspondientes, estas enseñanzas conducen a la obtención de los títulos siguientes:

  • Título de Máster, carga igual o superior a 60 créditos ECTS.
  • Diploma de especialización/de posgrado, carga igual o superior a 30 créditos ECTS.
  • Título de experto, carga igual o superior a 15 créditos ECTS.
  • Título de curso superior universitario, carga inferior a 15 crèditos ECTS.

Alumnos no titulados:

  • Certificado de extensión, carga inferior a 30 créditos ECTS.
  • Diploma de extensión, carga igual o superior a 30 créditos ECTS.

Expedición del título

Una vez calificadas las actas, la UB expide los títulos, diplomas o certificados de las personas que han superados las enseñanzas correspondientes.

Duplicados y rectificaciones

Las personas tituladas pueden solicitar la expedición de duplicados de los títulos cuando sea necesario modificar o rectificar los datos iniciales del documento. Hay que justificar documentalmente el motivo del duplicado y abonar, en su caso, los precios públicos.

Siempre que sea necesario modificar los datos iniciales por causa imputable al interesado se abonará la tasa de duplicado del título.

Las causas de solicitud de duplicado más frecuentes son

  1. Por cambio de nombre, apellidos o datos personales.
  2. Per pérdida.
  3. Per deterioro.

Otros títulos, diplomas y certificados de la UB

Premios extraordinarios

Diploma de premio extraordinario

La Universitat de Barcelona otorga diplomas de premio extraordinario, de acuerdo con las normativas siguientes:

premios extraordinarios de enseñanzas de primer y segundo ciclo y de títulos propios de pregrau
premios extraordinariosde enseñanzas oficiales de grado
premios extraordinarios de enseñanzas oficiales de máster
premios extraordinarois de enseñanzas de doctorado

La entrega de estos diplomas se hace en el acto de obertura del curso académico o en otros actos protocolarios que organice la Universidad.

Duplicado del título oficial y devolución de las tasas del título

Les personas con título anterior al Espacio Europeo de Educación Superior con premio extraordinario tienen derecho a la gratuidad del título corrspondiente. Pueden optar por las siguients opciones:

  • Solicitar la devolución de las tasas del título que hayan abonado previamente.
  • Solicitar un duplicado gratuíto del título, donde se haga constar la mención de premio extraordinario.

Certificado de período docente (CPD)

Previamente a la defensa de la tesis doctoral, los doctorandos y doctorandas deben obtener un mínimo de treinta y dos créditos en el programa al que están adscritos, distribuidos en dos periodos. En el periodo de docencia deben completar un mínimo de veinte créditos. La superación de estos créditos dará derecho a la obtención, por parte de los doctorandos y doctorandas, de un certificado de docencia de tercer ciclo (CPD). Su importe es el que se establece en el decreto de precios públicos. para las certificaciones académicas.

Diploma de estudios avanzados (DEA)

En el periodo de investigación deben completar un mínimo de doce créditos. Una vez superados ambos períodos, se hace una valoración de los conocimientos adquiridos en una exposición pública ante un tribunal único para cada programa. La superación de esta valoración garantiza la suficiencia investigadora de los doctorandos y doctorandas y permite la obtención de un diploma de estudios avanzados que será homologable en todas las universidades españolas. Su importe es el que se establece en el decreto de precios públicos.

Diploma de mención de doctor europeo

A los doctorandos y doctorandas, que obtienen la mención anterior al espacio Europeo de Educación Superior-Bolonia, se les expide el diploma acreditativo correspondiente de acuerdo con la normativa vigente. Gestión Académica se encarga de la expedición de los diplomas y lleva un registro general de los diplomas que expiden.

Credencial de homologación de título de doctor

La Universidad de Barcelona, ​​de acuerdo con la normativa vigente, resuelve las solicitudes de homologación de títulos extranjeros de educación superior para el título de doctor. Esta condición se acredita mediante la oportuna credencial. Este documento está expedido por el rector de la UB en versión bilingüe (catalán y castellano), de acuerdo con el modelo establecido por el Consejo de Coordinación Universitaria del Estado, y se hace constar, entre otros datos, el título extranjero que posee el interesado.

 

El trámite de homologación y la expedición de la credencial conllevan el pago de unas tasas que establece cada curso académico el decreto de precios públicos.

  • Estudio de homologación de títulos estranjeros de educación superior a títulos de doctor: 2018,15 €.
  • Expedición de la credencial acreditativa de la concesión de homologación del título de doctor: 218,15 €.

 

 
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Última actualització o validació:30.10.2019