Biblio 3W
REVISTA BIBLIOGRÁFICA DE GEOGRAFÍA Y CIENCIAS SOCIALES
Universidad de Barcelona 
ISSN: 1138-9796. Depósito Legal: B. 21.742-98 
Vol. XIX, nº 1091, 25 de septiembre de
2014
[Serie  documental de Geo Crítica. Cuadernos Críticos de Geografía Humana]

AURA Y LARIOS DE MEDRANO, Adela Magdalena (coordinadora), La política comunitaria de aguas: marco de la acción estatal y autonómica. Madrid: editorial Dykinson, 2012.  283 p. [ISBN: 978-84-15455-49-3]. 

Álvaro Francisco Morote Seguido
Instituto Interuniversitario de Geografía
Universidad de Alicante (España)

 Recibido: 24 de marzo de 2014; aceptado: 24 de abril de 2014


 

Palabras clave: política del agua, economía del agua, recursos hídricos  

Key words: water policy, water economy, water resources


 

La monografía titulada La política comunitaria de aguas: marco de la acción estatal y autonómica analiza los aspectos jurídicos y económicos relacionados con el agua, tanto del ámbito comunitario europeo e internacional, además de hacer referencia a escala autonómica con especial atención a la Comunidad Valenciana. Este libro es resultado de las ponencias que se expusieron en las I Jornadas sobre el agua en España que se celebraron los días 15 y 16 de octubre de 2009. Además, se inscribe, asimismo, en el marco de los proyectos PRCEU-UCH 15/09 y PRCEU-UCH 13/10.  

El objetivo de esta obra es abordar las cuestiones jurídicas y económicas relacionados con los recursos hídricos que son de especial trascendencia para la Comunidad Valenciana, principalmente a raíz de las reformas de los últimos años de varios Estatutos de Autonomía. El origen, la estructura, los objetivos y los contenidos de este libro determinan que en su elaboración haya participado una gran variedad de investigadores de reconocido prestigio relacionados con el Derecho, la Economía y la Ingeniería. La labor de coordinación tan necesaria en un libro de esta estructura ha sido llevada a cabo por Adela Magdalena Aura y Larios de Medrano, Profesora Adjunta de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales del CEU-Universidad Cardenal Herrera.

La estructura de la obra reseñada se articula en diez capítulos que se agrupan en tres partes. En la primera de ellas, titulada “Competencias sobre el agua: estado y comunidades autónomas” se recogen dos capítulos. En el primero, “Agua: competencias estatales y autonómicas” de Manuel Martínez y Joaquín J. Marco se examina cómo ha sido el reparto competencial de la materia hídrica establecido por la Constitución Española, que se ha visto afectada por la Ley de Aguas y por la jurisprudencia constitucional, al igual que las nuevas cuestiones jurídicas que plantea la desalación de las agua marinas. Se analiza el reparto competencial de la materia hídrica en la Constitución de 1978, la Ley de Aguas de 1985, los litigios constitucionales de esta última, el conflicto sobre el análisis y el problema de la potabilización. Además, se debate sobre quién es el competente de la desalinización del agua marina y se finaliza poniendo de manifiesto que debería llevarse a cabo una reforma consensuada de la Constitución y proceder de esta manera a la reforma de los Estatutos.

En el segundo capítulo, “La regulación de las nuevos estatutos de autonomía en materia de aguas (desde un prisma jurídico-internacional)” elaborado por la coordinadora de este libro, se explica como el ordenamiento español se ha acercado al ordenamiento jurídico internacional, que ha tomado conceptos y principios que son propios de éste último como, por ejemplo, la noción medioambiental de sostenibilidad o el deber internacional de notificar. También se indica que las competencias exclusivas asumidas por algunas posiciones que afirman el uso exclusivo o preferente de una Comunidad sobre dichas aguas, no tienen correspondencia con las previstas en el ordenamiento internacional ni en el de Estados federales y se cita como ejemplo a los Estados Unidos de América. La autora concluye que es claro ejemplo del deber estatal de notificar a las comunidades afectadas por los trasvases proyectados y esperar su respuesta antes de proceder a su ejecución

La segunda parte se titula “La política de aguas y sus repercusiones en España”. Es la parte más extensa del libro (cinco capítulos) y trata sobre los aspectos normativos de los recursos hídricos y su incidencia en el territorio español. El primer capítulo de esta segunda parte, que corresponde al tercero del índice general, se titula “La política comunitaria de medio ambiente: el origen de la política de aguas de la Unión Europea” y está redactado por la politóloga Marta Pérez. La autora indica que la política medioambiental comunitaria tiene como eje principal la relación entre el crecimiento económico y la protección del medio, considerando que los recursos naturales no son sólo la base sino también los límites del desarrollo económico, además de analizar las repercusiones que, en consecuencia, conlleva la aplicación del Derecho comunitario medioambiental. Se analiza la gestación y evolución de la política comunitaria de medio ambiente, los programas de acción comunitaria en esta materia, con especial referencia a la regulación de la protección de las aguas, y los problemas intrínsecos de aplicación del derecho comunitario de medio ambiente.

En el capítulo cuarto, “La Directiva Marco de Aguas y los problemas de su transposición en los estados miembros”, elaborado por Carmen Tirado, se estudia el cumplimiento por países de la puesta en marcha de las obligaciones que la Directiva Marco de Aguas (DMA) impone a los Estados. Además, la autora indica los muchos incumplimientos que se llevan a cabo, lo que le lleva a concluir que la deficiente transposición y la falta de análisis económicos son las principales lagunas que presenta la aplicación de esta directiva hasta el momento. Carmen Tirado argumenta con una valoración positiva de esta directiva, al ser ésta, una norma de gestión que tiene en cuenta no sólo la dimensión europea, sino también las perspectivas internacional y nacional que supone un avance en la protección del medio ambiente a escala europea. También se centra en el caso español e indica que la manera en la que se produjo la transposición y las críticas que se han recibido, la reciente determinación de las demarcaciones hidrográficas y el organigrama de organismos que existen, en el que la mayor novedad ha sido el denominado “Comité de Autoridades competentes”.

En el capítulo quinto, “Análisis económico del coste del agua”, de Elena María Esteve, se parte de la consideración de que el precio del agua depende del coste de los servicios necesarios para la distribución y oferta de este recurso en condiciones de salubridad y de la cantidad demandada de agua. También se examinan los criterios aplicados a estos servicios, cómo repercuten en los costes y cómo deben influir según la Directiva Marco. La autora concluye que para lograr un consumo racional de agua, el precio de este recurso debe reflejar su verdadero coste.

En el sexto capítulo llevado a cabo por Juan Benito Gallego, “Las competencias de las distintas administraciones públicas en la prestación de los servicios hídricos y su conexión con la Directiva Marco de Aguas: una perspectiva tributaria”, se analiza el complicado, amplio y disperso marco normativo de los tributos que posibilita la recuperación de los costes y servicios vinculados con la gestión del agua en nuestro país. Se analizan los aspectos económicos del agua en la DMA, su transposición al ordenamiento interno español y la recuperación de los costes de los servicios relacionados con la gestión del agua. El autor pone de manifiesto que el establecimiento de beneficios en algunos tributos que se encuentran fuera de la esfera de los servicios hídricos fomentará el uso racional del agua, al promover bien una disminución del consumo.

El último capítulo de esta segunda parte, “La responsabilidad medioambiental por daños a las aguas: la Directiva 2004/35/CE y su incorporación en España”, elaborado por Olga Serrano, se centra en la cuestión de los daños a las aguas, en su concepto y en los daños excluidos de la citada ley. También se repasa la distribución de las competencias administrativas y el doble régimen que en cuanto a la reparación establece la ley (responsabilidad objetiva y subjetiva) para analizar de manera pormenorizada, los temas del sujeto responsable y las medidas de reparación. Su capítulo finaliza con un exhaustivo análisis del procedimiento administrativo a seguir para la exigencia de la responsabilidad por daños ambientales.

En la tercera parte, “Régimen Internacional de los ríos hispano-lusos”, integrada por tres capítulos, se analiza el régimen de estos ríos. Cabe señalar que esta cuestión reviste relativa actualidad. En 2009 se produjo la adhesión de España a la Convención de Nueva York sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación y entró en vigor el Protocolo de revisión del Convenio de Albufeira sobre cooperación para la protección y el aprovechamiento sostenible de las aguas de las cuencas hidrográficas hispano-portuguesas.

El capítulo de la profesora María Teresa Ponte (capítulo octavo), “La convención sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación”, se dedica al análisis de la Convención de 1997 sobre el derecho de los usos de los cursos fluviales internacionales para fines distintos de la navegación. Se analizan principalmente los principios generales para una gestión, ordenación y protección óptima de los cursos de agua internacionales prestando atención a la utilización y participación equitativa y razonable de las aguas, la obligación de no causar daños sensibles, la obligación general de cooperación, la información y notificación de medidas proyectadas y la protección, preservación y gestión de los cursos de agua internacionales. La autora indica que la convención ha sido diseñada como un acuerdo marco de principios y normas para la promoción de la utilización óptima y sostenible de los cursos de agua internacionales.

El capítulo noveno, “El convenio de Albufeira: visión a los diez años” de José María Santafé, pone de manifiesto una visión a los diez años de la vigencia del Convenio sobre cooperación para la protección y el aprovechamiento sostenible de las cuencas hidrográficas hispano-portuguesas de 1998, que entró en vigor el 17 de enero de 2000. Este convenio constituye el marco jurídico de relación de los temas referentes al agua en España y Portugal. El autor lleva a cabo una reflexión sobre cómo se ha desarrollado dicho acuerdo y cómo se han elaborado los problemas planteados en la relación entre estos dos países.

En el último capítulo del libro, “Gestión de los recursos hídricos: un modelo económico de reparto” de María Teresa Pastor, se presenta el modelo económico de evaluación y reparto de los recursos hídricos compartidos, que se trata de un modelo inspirado en la Teoría de Juegos. En este sentido se presenta un ejemplo en el que se analiza un hipotético problema de reparto de aguas superficiales entre diferentes agentes que comparten el uso de este recurso. Los resultados aceptables de la cooperación requieren de ciertas condiciones ya afirmadas en la literatura, y por ello en este caso, la autora analiza los incentivos de los agentes a mentir sobre cuáles son sus necesidades respecto de dicho recurso y las consecuencias que pueden traer consigo.

En esta obra se exponen los resultados de las I Jornadas sobre el agua en España, que no sólo participaron todos los investigadores que eran miembros del proyecto, sino que también se invitó  a ponentes externos, catedráticos y profesionales de los ámbitos público y privado. Se analizan diversas cuestiones jurídicas y económicas que son de vital importancia para la Comunidad Valenciana, en especial a partir de las reformas de los últimos años de varios Estatutos de Autonomía. La primera parte del libro se dedica a las competencias sobre el agua (estado y comunidades autónomas), la segunda a la política de aguas y sus repercusiones en España y la tercera y última, al régimen internacional de los ríos hispano-lusos.

La política comunitaria de aguas: marco de la acción estatal y autonómica es, en suma, una obra de referencia para los estudios e investigaciones relacionadas con la jurisdicción y economía del agua, tanto de ámbitos comunitarios e internacional como de la escala autonómica con especial relevancia para la Comunidad Valenciana, donde destacan principalmente las competencias de los aprovechamientos hídricos, la legislación y la jurisprudencia de los cursos fluviales. En este sentido, cabe indicar que España, actualmente se ve afectada en todo su territorio, por la normativa europea en materia de calidad de las aguas, por la conocida “política comunitaria de aguas”, que es uno de los campos más desarrollados de la protección del medio ambiente en el ámbito de la Unión Europea. Se puede afirmar que la Directiva marco es un avance, una progresión y una importante contribución a la protección del medio ambiente en el nivel regional europeo, pero será necesaria la colaboración de todos los interesados para que estos grandes objetivos se hagan realidad ya que, a causa de su carácter de norma marco, ésta necesita un desarrollo tanto por medio de disposiciones de Derecho comunitario como en el ordenamiento nacional en cada Estado miembro ya que de estas normas dependerá en gran medida que la DMA constituya un éxito de la Unión Europea o en caso contrario, un fracaso.

 

© Copyright: Alvaro Morote, 2014.
© Copyright: Biblio3W, 2014.

 

Ficha bibliográfica:

MOROTE, Alvaro. Reseña de AURA y LARIOS DE MEDRANO, Adela Magdalena (coord.). La política comunitaria de aguas: marco de la acción estatal y autonómica. Biblio 3W. Revista Bibliográfica de Geografía y Ciencias Sociales. [En línea]. Barcelona: Universidad de Barcelona, 25 de septiembre de 2014, Vol. XIX, nº 1090 <http://www.ub.es/geocrit/b3w-1091.htm>[ISSN 1138-9796].


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