REVISTA ELECTRÓNICA DE GEOGRAFÍA Y CIENCIAS SOCIALES Universidad de Barcelona. ISSN: 1138-9788. Depósito Legal: B. 21.741-98 Vol. X, núm. 218 (91), 1 de agosto de 2006 |
LUCHAS POR EL DERECHO A LA CIUDAD
Arlete Moysés
Rodríguez
UNICAMP
O texto aponta o processo de lutas pelo direito a cidade dos movimentos populares urbanos. Detalha o processo no Brasil e sua articulação com os organismos internacionais. Compara aspectos das lutas operárias de períodos pretéritos com as lutas pelo direito à moradia. Apresenta a Conferencia da ONU de 1996 - HABITAT II - onde se reconhece o direito à moradia como direito humano e a construção de agenda internacional pelo direito à cidade nos Fóruns Sociais Mundiais. A Carta Mundial pelo Direito à Cidade apresenta a utopia de democratizar a produção do espaço. Já a Lei "Estatuto da Cidade" de 2001 tem como princípio promover a função social da cidade e da propriedade e que, apesar de não eliminar os conflitos, pode diminuir a falta de habitação com o planejamento territorial urbano e o diálogo com os movimentos sociais.
Palavras Chaves - português: direito à moradia,
direito à Cidade, função social da cidade e da propriedade,
Utopia.
El énfasis es el proceso de luchas para el derecho a la ciudad, y las formas de organización de los movimientos populares e de las luchas obreras. La Agenda Habitat II reconoce a la vivienda como un derecho humano. La carta mundial por lo derecho a la Ciudad presenta-se como una utopía. En el Brasil la Ley Estatuto de la Ciudad apunta que se debe promover la función social de la ciudad y de la propiedad, no elimina las contradicciones y conflictos, pero los presenta evidentes. El fundamento es la participación social en los planes directores con la participación de los movimientos em gestiones democráticas.
Palabras clave: derecho a la ciudad, derecho humano de la vivienda,
utopía, función social de la ciudad y de la propiedad.
Struggles for the right to the City (Abstract)
The article is about the struggle of the popular movements to assert the right to the city; details this processes in Brasil and the articulations in the international organisms; compares aspects of the workers struggle and the struglle for housing rigths; presents the UN Conference of 1996 - HABITAT II - where the right to the city was recognized as a human right and the international agenda in the world social forum. The Mundial Letter for the Right to the City is an utopia to democratize the space's production and the City Statute of 2001 has as one of its principles to promote the social function of property and of the city that, although it does not eliminate conflicts, it is an instrument to decrease the shortage oh habitations, with urban planning and dialogue with the social movements.
Key words: housing rights, right to the City, social function of property and the right to the City, utopia.
La urbanización
mundial desigual tiene características específicas en cada
país en cada período histórico, así como las
organizaciones comunales en la lucha contra la desigualdad. La desigualdad,
la situación precaria de la vivienda, no inicia con el capitalismo,
pero la situación se agudiza con el avanzo del capitalismo monopolista,
la tierra como propiedad privada, con la exploración de la plusvalía
y la reproducción ampliada del capital.
Engels, en “la situación de la clase obrera en Inglaterra”(1975) y en “El Problema de la Vivienda” (1971) apunta la precaria situación de la habitación de los obreros. Las lucha de los trabajadores, en este periodo histórico, centrada en las condiciones del trabajo, posibilitaría disminuir la precariedad de vida y la desigualdad espacial. El trabajo era la mas importante categoría de análisis. Las luchas obreras buscan disminuir la obtención de la plusvalía de capitalistas e obtener una mejoría en las condiciones de vida. La segregación de la habitación se vincula con las relaciones de trabajo pero, en general, separa el espacio y el territorio de la reproducción ampliada del capital. Esto es un problema de análisis que oculta la contradicción entre el tiempo y el espacio, entre la producción capitalista y la producción del espacio.
Las luchas operarias parecían una posibilidad de mejoría de las formas de reproducción de la vida, de disminuir la diferencia espacial. Pero esta no es la esencia de las organizaciones operarias y en ausencia de análisis de la producción del espacio dificultó, y dificulta hasta hoy, estudios de la geografía de los movimientos sociales. El análisis de los movimientos obreros no se incluye en lo que se llama hoy de movimientos populares urbanos que buscan alterar las formas de apropiación de lo territorio. Las luchas de los trabajadores alteraran la dinámica de las relaciones de trabajo y las conquistas demarcan la reglamentación de las mismas. Pero las conquistas no representaron la alteración de la segregación espacial, el vínculo del trabajo y del territorio no fue explorado, analizado. Los trabajadores del mundo todo viven en lugares con poco transporte, sin infraestructura, sin escuelas para los niños, sin hospitales para el tratamiento de los enfermos, perjudicados con la polución del aire, del agua, del suelo. Viven en lugares segregados.
La urbanización acelerada con el proceso de la industrialización, con la modernidad, en que nuevos productos son colocados en el mercado no mejora la situación de la mayoría, tampoco se analiza la relación de la producción con el territorio, con el espacio. La separación entre el lugar de trabajar y de morar se acentúa con la urbanización acelerada, las distancias aumentan e los transportes colectivos son precarios. A la exploración de la plusvalía se acrecenta la expoliación en el local de vivienda. Y los geógrafos en general no se dedicaron a estudiar las relaciones de propiedad de los medios de producción con la propiedad de la tierra urbana.
Las organizaciones e luchas por mejores condiciones de habitación son un fenómeno del siglo XX. La explotación de la plusvalía se acentúa en los países de la periferia del sistema capitalista con la expansión de la industrialización de las corporaciones multinacionales. Aumenta la segregación socio-espacial. Presentan características diferentes en cada país, en cada ciudad, pero la marca es la ausencia de las condiciones de vida de la modernidad. Pocos geógrafos estudiaron estos problemas de la producción del espacio, de la producción en general, de la propiedad de los medios de producción y de la tierra urbana. Algunos de los geógrafos críticos afirmaban que la lucha por vivienda era secundaria y que no mostraba las contradicciones entre el capital y el trabajo. No se pensó en la contradicción de los procesos moleculares de acumulación del capital que ocultan la importancia del territorio, del espacio.
A mediados del siglo XX se inicia un largo proceso de alteraciones en detrimento de las relaciones de trabajo formales, un retroceso de las conquistas de los trabajadores aumentado las ya precarias condiciones de vida cotidiana. Las ciudades se expanden y la segregación ocurre también en barrios que se tornan centrales. Hoy se observa el deterioro de los centros históricos de varias ciudades. La ocupación es antigua, mas la lucha de los movimientos populares es más reciente.
El ideario del planeamiento urbano procura remover las habitaciones pobres para las áreas distantes y sanear los problemas con intervenciones de los Estados nacionales. El planeamiento de las ciudades ideales, que solo existen en las cabezas de los proyectistas, de un lado apunta que la pobreza es inherente al capitalismo, de otro lado también permite la comprensión de las precarias condiciones de vida de la mayoría. Son contradicciones propias del sistema capitalista. La segregación socio-espacial relacionada con la propiedad privada de los medios de producción, de la tierra urbana soporte de la valorización, la especulación inmobiliaria, los bajos salarios, el desempleo y las alteraciones de las relaciones de trabajo; acentúa las contradicciones con la ausencia de condiciones de transporte, de salud y de habitación adecuadas.
Emergen los movimientos por mejores condiciones de vida en las ciudades de varios países del mundo. No es posible continuar creyendo que solamente mayores ingresos permitan alterar la condición de vida. Hoy no se trata más del ejército de reserva que podría entrar en la producción en los momentos de expansión de la producción, hay un ejército de desempleados que no entran en el mercado del trabajo. Las alteraciones tecnológicas, la mecanización, dispensa trabajadores que no entran en la cadena de producción. Con las alteraciones en la producción los hombres e mujeres son considerados “basura” para el sistema productivo. Pero en algún lugar hay que tener una vivienda. Así, las luchas para la reproducción de la vida no apenas buscan en empleo, también buscan las formas de subsistir.
En el modo de producción capitalista el Estado cumple, o debería cumplir, el papel de atender las necesidades de la fuerza de trabajo. Los movimientos en general se dirigen al Estado que es también quien regula las relaciones de trabajo, los salarios, la propiedad y el uso de la tierra urbana. Así, es una característica de los movimientos populares urbanos dirigirse al Estado en sus diferentes dimensiones.
Los
Estados, desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos
son ‘responsables’ por la implementación de la “suposición”
de igualdad. En la Declaración de los Derechos Humanos la propiedad
permanece un valor universal y la idea de igualdad está sometida
a la del derecho de propiedad. (Harvey, 2003) (Rodrigues, 2005). Después
de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, muchas fueron
las Declaraciones e Convenciones Internacionales que contenían un
conjunto universal de valores nunca alcanzados. Los movimientos sociales
urbanos, después de muchos embates, conseguieron en la Agenda Hábitat
II – 1996- el derecho a la habitación conste como un derecho humano,
pero, sometido a las condiciones de producción de cada país.
La contención de desalojos forzados, también una conquista
en la agenda Habitat II está sometida al cumplimento de la ley de
propiedad de la tierra, lo que refuerza la propiedad es mayor que el derecho
a la vida.
Los movimientos urbanos de lucha por habitación, derecho de luz y agua, transporte colectivo, no son nuevos. Hasta la mitad de los años 60 del siglo XX estaban organizados en cada lugar, barrio, “favelas” (barriadas). En el final de los años 60 comienza una organización amplia, no sólo por el tipo de problema para el cual reivindican soluciones, sino también porque manifiesta la unión de los diferentes lugares (barrios, “favelas”, barriadas). En la década de 80, los debates para la nueva constitución brasileña crean la unión de muchos movimientos populares y la alianza con técnicos de lo urbano preocupados con la cuestión social. Constituye-se el movimiento nacional por la reforma urbana, que presenta una propuesta de iniciativa popular de reforma urbana. Otros movimientos presentaron propuestas de iniciativa popular: reforma agraria, propuestas para la educación publica y muchas otras, pero estamos hablando de lo urbano.
El principio fundamental es que la ciudad es una producción colectiva. Presupone la necesidad de regularizar la posesión de la tierra ocupada con su vivienda, el fin de la tierra especulativa y establecer la función social de la ciudad e de la propiedad. Pero no logró obtener una victoria amplia. La constitución de 1988 contenía algunos de los principios como la función social de la ciudad y de la propiedad, el impuesto territorial y predial progresivo en el tiempo, la desapropiación de las tierras desocupadas con pago en títulos de deuda pública. Pero todo dependería del planeamiento urbano. Los principios serían aplicados con la elaboración del plan director de los municipios de más de 20 mil habitantes. También necesitaba de una ley específica para la aplicación de los principios. Los movimientos luchan durante 13 años para la aprobación de la Ley – “Estatuto de la Ciudad”. Además también organizaron nuevas formas de lucha para garantizar la habitación popular, el saneamiento básico, los transportes colectivos, la gestión popular, la construcción de viviendas por ayuda mutua, la necesidad de aprovechar las unidades sin ocupación en las áreas centrales de las ciudades.
El Movimiento de La Reforma Urbana, llamado también de “Forum de la Reforma Urbana”, amplía las luchas en conjunto con organizaciones de otros países. En la convención de la ONU en 1992 actúan en conjunto con movimientos de varios países y elaboran el “Tratado para las ciudad justas, democráticas y Sustentables” que sigue siendo un marco importante para el debate actual. En la Convención del Hábitat II en 1996, lograron obtener algunas victorias, como el derecho a la vivienda como un derecho humano y la limitación de los desalojos forzados. La meta es la construcción del derecho a la Ciudad para todos. En los Foros Sociales Mundiales –Otro mundo es posible—elaboran la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, firmada por un conjunto de entidades de lucha por los derechos de vivienda.
En
las luchas por derecho a la ciudad, restricta a la función social
de la Ciudad, los movimientos brasileños lograran algunas victorias
en la legislación. El Estatuto de la Ciudad es una ley que presenta
algunas características diferentes de la mayoría. Está
vinculada a muchas manifestaciones de la sociedad civil contra las políticas
urbanas brasileñas. No significa que esté contra la lógica
de acumulación capitalista, reconoce la propiedad privada de la
tierra y habitación, pero impone algunos límites a la especulación
inmobiliaria urbana. Evidencia, por otro lado, que el Estado no obedece
a lo que se propone en las leyes mayores –la constitución brasileña—,
de garantizar calidad de vida. Tampoco cumple las convenciones internacionales
como la Agenda Hábitat II incluida en la Constitución Brasileña.
“Estatuto de la Ciudad” y la función social de la propiedad y da ciudad
La Ley 10.257/01-“Estatuto de la Ciudad”-, aprobada después de intensas movilizaciones sociales urbanas, define la ciudad como una producción colectiva y tiene como objetivo promover la función social de la ciudad y de la propiedad. ¿Es una utopía el derecho a la ciudad? Si, pero una utopía que se pretende construir colectivamente. ¿Será posible el derecho a la ciudad en el mundo capitalista?
Mismo con la definición de ciudad como producción colectiva, con el principio de promover la función social de la ciudad y de la propiedad, se trata de una ley que busca la resolución de algunos problemas con el planeamiento del uso del suelo en “planes directores”. Los planes directores son obligatorios para los municipios con mas de 20 mil habitantes
El “Estatuto de La Ciudad” no elimina las contradicciones y conflictos de posesión, apropiación y propiedad de la tierra urbana y de las edificaciones, pero los hace evidentes. Las contradicciones territoriales tornan evidente la articulación entre la reproducción ampliada del capital y la propiedad de la tierra urbana. El fundamento del Estatuto es la participación social en los planes y gestiones democráticas, pero sigue, en general, siendo un planeamiento dentro de los moldes de la producción capitalista. Pretende asegurar la participación de la población en los debates con el Estado y la municipalidad, pero vincula esta participación con la elaboración de un planeamiento urbano. Algunos nuevos instrumentos de uso de la tierra, de límites de especulación
Algunos instrumentos del uso de la tierra, de las edificaciones urbanas, son importantes para imponer límites a la especulación de la tierra, con el objetivo de cumplir la función social de la ciudad y de la propiedad urbana. Hablemos de los nuevos instrumentos y de su vinculación con la planificación urbana y con la posibilidad de participación de los citadinos.
1. La limitación de la especulación inmobiliaria es expresada en varios artículos, que no objetan la propiedad de la tierra, sólo imponen límites a la falta de uso
a) Tributo progresivo en el tiempo, el IPTU – Imposto Predial y Territorial Urbano, aplicable cuando la propiedad en área urbanizada está desocupada o presenta pequeña ocupación. Son las que no obedecen a la premisa de la función social de la propiedad, mas esta propiedad solamente puede tener tributo progresivo en el tiempo si el plan director define que dicha área no puede permanecer poco ocupada o con pequeña ocupación. El territorio pasa a ser concreto para los geógrafos analizar la propiedad, la producción del espacio y la reproducción ampliada del capital. El planeamiento é considerado indispensable con las normas capitalistas, plantea un problema a ser resuelto pero no previene los problemas futuros. Permanece la cuestión sobre el significado del planeamiento capitalista. Además este impuesto aumenta año tras año, hasta 5 años, cuando se puede desapropiar con el pago en títulos de deuda pública. El propietario tiene cincoaños para construir en su propiedad. La novedad es la expropiación en titulo de deuda pública, ya que anteriormente las expropiaciones se daban con pago previo y en dinero.
b) El parcelamento, edificación o utilización compulsoria de los inmuebles urbanos intenta lo mismo, o sea, imponer límites a la especulación urbana, que necesita igualmente de una planificación y de una legislación específica. Este instrumento puede ser utilizado en las áreas desocupadas o poco ocupadas para aplicación del IPTU progresivo en el tiempo y la desapropiación en títulos de deuda pública, o sea, la municipalidad puede proponer en los terrenos vagos la edificación compulsoria antes o durante la imposición del IPTU progresivo en el tiempo.
c) Otro instrumento que intenta limitar propiedades baldías es el derecho de “perención” o “caducidad de instancia”, donde la municipalidad tiene prelación para adquirir la propiedad y planear su ordenamiento territorial, ejecutar programas de habitación popular destinadas a quienes no posean títulos de propiedad y que moran en casas o lugares precarios.
d) Los instrumentos que intentan limitar la especulación reconocen la propiedad, mas imponen límites al uso inadecuado.
a) Los consorcios inmobiliarios, que son firmados entre los propietarios y el poder público, intentan evitar que los inmuebles sean parcelados, edificados o utilizados en desacuerdo con la ley, o para proponer un nuevo uso que, en principio, atendería a la función social de la propiedad. Por medio del consorcio, el propietario transfiere al poder público los inmuebles, y recibe después las obras y la urbanización de unidades de inmuebles con el valor de los inmuebles antes de las obras como pago. La valorización derivada de los recursos públicos no es computada en el valor de la entrega de los inmueblesb) La posibilidad de recibir el “obsequio del derecho de construir y de la alteración del uso”. El plan director podrá establecer el derecho de construir, además de lo establecido por la ley del uso del suelo, mediante el pago de una contrapartida para la municipalidad, o sea, se permite al propietario edificar, de modo que incumpla la propia ley mediante pago en dinero u otra forma de contrapartidac) Las operaciones urbanas “consorciadas” son intervenciones urbanísticas coordinadas por el poder público con la participación de propietarios, moradores, inversionistas privados, usuarios permanentes, entre otros. Dichas operaciones buscan transformaciones urbanísticas en gran escala. Las áreas de operaciones urbanas deben estar en el plan director y en una legislación específica. En São Paulo, algunas intervenciones provocaron más problemas que soluciones para los moradores, en especial, para los pobres
El
Estatuto de la Ciudad es un desafío para los urbanistas que se preocupan
con la función social de la ciudad e de la propiedad urbana. Es
un desafío para los geógrafos que procuran analizar la producción
de la ciudad, del espacio urbano y las formas de apropiación
y propiedad del territorio. La propiedad de la tierra, la propiedad privada
de los medios de producción continúa siendo lo que mueve
la producción capitalista del espacio. No podemos olvidar la importancia
del territorio, de las luchas sociales que colocan en destaque las contradicciones
y los conflictos en la producción de la ciudad y de la reproducción
ampliada del capital.