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Scripta Nova
REVISTA ELECTRÓNICA DE GEOGRAFÍA Y CIENCIAS SOCIALES
Universidad de Barcelona. 
ISSN: 1138-9788. 
Depósito Legal: B. 21.741-98 
Vol. X, núm. 218 (91), 1 de agosto de 2006 

LUCHAS POR EL DERECHO A LA CIUDAD

Arlete Moysés Rodríguez
UNICAMP



Lutas pelo Direito à Cidade (Resumo)

O texto aponta o processo de lutas pelo direito a cidade dos movimentos populares urbanos. Detalha o processo no Brasil e sua articulação com os organismos internacionais. Compara aspectos das lutas operárias de períodos pretéritos com as lutas pelo direito à moradia. Apresenta a Conferencia da ONU de 1996 - HABITAT II - onde se reconhece o direito à moradia como direito humano e a construção de agenda internacional pelo direito à cidade nos Fóruns Sociais Mundiais. A Carta Mundial pelo Direito à Cidade apresenta a utopia de democratizar a produção do espaço. Já a Lei "Estatuto da Cidade" de 2001 tem como princípio promover a função social da cidade e da propriedade e que, apesar de não eliminar os conflitos, pode diminuir a falta de habitação com o planejamento territorial urbano e o diálogo com os movimentos sociais.

Palavras Chaves - português: direito à moradia, direito à Cidade, função social da cidade e da propriedade, Utopia.





Luchas por el derecho a la ciudad (Resumen)

El énfasis es el proceso de luchas para el derecho a la ciudad, y las formas de organización de los movimientos populares e de las luchas obreras. La Agenda Habitat II reconoce a la vivienda como un derecho humano. La carta mundial por lo derecho a la Ciudad presenta-se como una utopía. En el Brasil la Ley Estatuto de la Ciudad apunta que se debe promover la función social de la ciudad y de la propiedad, no elimina las contradicciones y conflictos, pero los presenta evidentes. El fundamento es la participación social en los planes directores con la participación de los movimientos em gestiones democráticas.

Palabras clave: derecho a la ciudad, derecho humano de la vivienda, utopía, función social de la ciudad y de la propiedad. 


Struggles for the right to the City (Abstract)

The article is about the struggle of the popular movements to assert the right to the city; details this processes in Brasil and the articulations in the international organisms; compares aspects of the workers struggle and the struglle for housing rigths; presents the UN Conference of 1996 - HABITAT II - where the right to the city was recognized as a human right and the international agenda in the world social forum. The Mundial Letter for the Right to the City is an utopia to democratize the space's production and the City Statute of 2001 has as one of its principles to promote the social function of property and of the city that, although it does not eliminate conflicts, it is an instrument to decrease the shortage oh habitations, with urban planning and dialogue with the social movements.

Key words: housing rights, right to the City, social function of property and the right to the City, utopia.



La urbanización mundial desigual tiene características específicas en cada país en cada período histórico, así como las organizaciones comunales en la lucha contra la desigualdad. La desigualdad, la situación precaria de la vivienda, no inicia con el capitalismo, pero la situación se agudiza con el avanzo del capitalismo monopolista, la tierra como propiedad privada, con la exploración de la plusvalía y la reproducción ampliada del capital.

Engels, en “la situación de la clase obrera en Inglaterra”(1975) y en “El Problema de la Vivienda” (1971) apunta la precaria situación de la habitación de los obreros. Las lucha de los trabajadores, en este periodo histórico, centrada en las condiciones del trabajo,  posibilitaría  disminuir la precariedad de vida y la desigualdad espacial. El trabajo era la mas importante categoría de análisis. Las luchas obreras buscan disminuir la obtención de la plusvalía de capitalistas e obtener una mejoría en las condiciones de  vida. La segregación de la habitación se vincula con las relaciones de trabajo pero, en general, separa el espacio y el territorio de la reproducción ampliada del capital. Esto es un problema de análisis que oculta la contradicción entre el tiempo y el  espacio, entre la producción capitalista  y la producción del espacio.

Las luchas operarias parecían una posibilidad de mejoría de las formas de  reproducción de la vida, de disminuir la diferencia espacial. Pero esta no es la esencia de las organizaciones operarias y en ausencia de análisis de la producción del espacio dificultó, y dificulta hasta hoy, estudios de la geografía de los movimientos sociales. El análisis de los movimientos obreros no se incluye en lo  que se llama hoy de movimientos populares urbanos que buscan alterar las formas de apropiación de lo territorio. Las luchas de los trabajadores alteraran la dinámica de las relaciones de trabajo y las conquistas demarcan la reglamentación de las mismas. Pero las conquistas no representaron la alteración de la segregación espacial, el vínculo del trabajo y del territorio no fue explorado, analizado.  Los trabajadores del mundo todo viven en lugares con poco transporte, sin infraestructura, sin escuelas para los niños, sin hospitales para el tratamiento de los enfermos, perjudicados con  la polución  del aire, del agua, del suelo. Viven en lugares segregados.

La urbanización acelerada con el proceso de la industrialización, con la modernidad, en que nuevos productos son colocados en el mercado no mejora la situación de la mayoría, tampoco se analiza la relación de la producción con el territorio, con el espacio. La separación entre el lugar de trabajar y de morar se acentúa con la urbanización acelerada, las distancias aumentan e los transportes colectivos son precarios. A la exploración de la plusvalía se acrecenta la expoliación en el local de vivienda. Y los geógrafos en general no se dedicaron a estudiar las relaciones de propiedad de los medios de producción con la propiedad de la tierra urbana.

Las organizaciones e luchas por mejores condiciones de habitación son un fenómeno del siglo XX.  La explotación de la plusvalía se acentúa en los países de la periferia del sistema capitalista con la expansión de la industrialización de las corporaciones multinacionales. Aumenta la segregación socio-espacial. Presentan características diferentes en cada país, en cada ciudad, pero la marca es la ausencia de las condiciones de vida de la modernidad. Pocos geógrafos estudiaron estos problemas de la producción del espacio, de la producción en general, de la propiedad de los medios de producción y de la tierra urbana. Algunos de los geógrafos críticos afirmaban que la lucha por vivienda era secundaria y que no mostraba las contradicciones entre el capital y el trabajo. No se pensó en la contradicción de los procesos moleculares de acumulación del capital que ocultan la importancia del territorio, del espacio.

A mediados del siglo XX se inicia un largo proceso de alteraciones en detrimento de las relaciones de trabajo formales, un retroceso de las conquistas de los trabajadores aumentado  las ya precarias condiciones de vida cotidiana. Las ciudades se expanden y la segregación ocurre también en barrios que se tornan centrales. Hoy se observa el deterioro de los centros históricos de varias ciudades. La ocupación es antigua, mas la lucha de los movimientos populares es más reciente.

El ideario del planeamiento urbano procura remover las habitaciones pobres para las áreas distantes y sanear los problemas con intervenciones de los Estados nacionales. El planeamiento de las ciudades ideales, que solo existen en las cabezas de los proyectistas, de un lado apunta que la pobreza es inherente al capitalismo, de otro lado también permite la comprensión de las precarias condiciones de vida de la mayoría. Son contradicciones propias del sistema capitalista. La segregación socio-espacial relacionada con la propiedad privada de los medios de producción, de la tierra urbana soporte de la valorización, la especulación inmobiliaria, los bajos salarios, el desempleo y las alteraciones de las relaciones de trabajo; acentúa  las contradicciones con la ausencia de condiciones de transporte, de salud y de habitación adecuadas.

Emergen los movimientos por mejores condiciones de vida en las ciudades de varios países del mundo. No es posible continuar creyendo que solamente mayores ingresos permitan alterar la condición de vida. Hoy no se trata más del ejército de reserva que podría entrar en la producción en los momentos de expansión de la producción, hay un ejército de desempleados que no entran en el mercado del trabajo. Las alteraciones tecnológicas, la mecanización, dispensa trabajadores que no entran en la cadena de producción.  Con las alteraciones en la producción los hombres e mujeres son considerados “basura” para el sistema productivo. Pero en algún lugar hay que tener una vivienda. Así, las luchas para la reproducción de la vida  no apenas buscan en empleo, también buscan las formas de subsistir.

En el modo de producción capitalista el Estado cumple, o debería cumplir,  el papel de atender las necesidades de la fuerza de trabajo. Los movimientos en general se dirigen al Estado que es  también quien regula las relaciones de trabajo, los salarios, la propiedad y el uso de la tierra urbana. Así, es una característica de los movimientos populares urbanos dirigirse al  Estado en sus diferentes dimensiones.

Los Estados, desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos son ‘responsables’ por la  implementación de la “suposición” de igualdad. En la Declaración de los Derechos Humanos la propiedad permanece  un valor universal y la idea de igualdad está sometida a la del derecho de propiedad. (Harvey, 2003) (Rodrigues, 2005). Después de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, muchas fueron las Declaraciones e Convenciones Internacionales que contenían un conjunto universal de  valores nunca alcanzados. Los movimientos sociales urbanos, después de muchos embates, conseguieron en la Agenda Hábitat II – 1996- el derecho a la habitación conste como un derecho humano, pero, sometido a las condiciones de producción de cada país. La contención de desalojos forzados, también una conquista en la agenda Habitat II está sometida al cumplimento de la ley de propiedad de la tierra, lo que refuerza la propiedad es mayor que el derecho a la vida.
 

Algunas características generales y los movimientos en Brasil

Hago énfasis en algunas de las características del Brasil, que tiene cerca de 80% de su población en el área urbana. La mayoría habita en barrios sin infraestructura, no tienen resuelta la posesión de la tierra. Viven en las “barriadas”, “favelas”, “cortiços”, ocupaciones organizadas de tierra.
 
El proceso de urbanización acelerado a partir de la segunda mitad del siglo XX estuvo relacionado con la industrialización con miras al desarrollo, creándose así la infraestructura de apoyo para la expansión y acumulación del capital. Como tratamos del ordenamiento territorial urbano, la premisa es que la producción capitalista es, al mismo tiempo, la producción del espacio, como lo afirma Lefebvre (1976). Y, como hemos dicho, la tendencia hasta mismo entre los geógrafos es separar la producción en general de la producción del espacio, o sea, de la  reproducción del capital.
 
Para evaluar las desigualdades es necesario analizar las características de la producción, la reproducción ampliada del capital, el espacio, y los llamados agentes productores. Estos agentes son contradictorios y conflictivos entre sí y principalmente, contradictorios con los intereses de la mayoría de la población urbana, la cual no participa de los procesos de definición de lo urbano ni tampoco de los beneficios de la urbanización, así como tampoco participa de la riqueza generada con su trabajo.
 
Esto significa que la urbanización es realizada para la obtención de plusvalía urbana. Las leyes, en general, son modelos para promover la expansión del capital, abarcadas, en lo urbano, por las leyes de propiedad de la tierra, del uso del suelo y de la planificación urbana. La propiedad de la tierra, los bajos ingresos de los trabajadores y las altas tasas de desempleo, hacen con que la ciudad crezca en la periferia urbana, expulsando un porcentaje de la población hacia áreas sin infraestructura, sin medios de dignos de subsistencia, sin trabajo, sin agua, energía eléctrica, habitación, escuelas, hospitales, etc. Las políticas públicas dirigidas a los pobres no han logrado alcanzar los objetivos propuestos. En general, el planeamiento es considerado como la forma de solucionar los problemas de falta de condiciones de vida, pero la contradicción no se resuelve con la planificación que busca la ciudad ideal y no tiene como base la ciudad real.
 
El planeamiento urbano es, en realidad, una manera de disciplinar las formas de apropiación y propiedad del suelo para la reproducción ampliada del capital. Como mostró Harvey (2004), las normas territoriales del estado capitalista no corresponden, exclusivamente, a la lógica de la acumulación del capital. Son normas generales dictadas por el Estado, que presentan relaciones contradictorias entre las lógicas territoriales del propio Estado y los intereses capitalistas internos y externos. El Estado reglamenta el uso del suelo buscando garantizar tanto la acumulación del capital como su poder territorial, pero las prácticas moleculares de acumulación ampliada del capital de la propiedad privada son difusas en el espacio y en el tiempo, es decir, operan en espacio y tiempo continuos, con el objetivo de obtener lucros mientras que el Estado, en la esfera de lo político, opera en un espacio territorializado, y en el corto plazo. Su comportamiento es dictado por los ciclos de las elecciones (en las democracias formales). ¿Cómo planear la producción del espacio de habitación?. ¿Cómo puede el Estado atender a las necesidades de habitación popular, si establece normas de uso del suelo que favorecen la propiedad de la tierra urbana y dicta las normas de salario y de las relaciones de trabajo? Son contradicciones y conflictos del Estado en la reproducción ampliada del capital.
 
Para el Estado capitalista, los intereses se refieren a los fines políticos, económicos e incluso a la reglamentación del capital para mantener o aumentar su poder. Pero la lógica interna (y externa) del capital difiere del Estado. El capitalista busca las ventajas individuales, y aunque sea obligado a cumplir las restricciones impuestas por el Estado, aplica su capital donde obtenga la mayor renta, lucro e interés. No necesitan actuar en los límites de fronteras administrativas, cambian de lugar y de actividad de acuerdo con sus propios intereses. En lo urbano, la legislación, las normas del uso de suelo y del planeamiento, son así fácilmente burladas, modificadas en la lógica contradictoria de la producción y la reproducción del espacio, y en la lógica de la reproducción ampliada del capital.
El Estado define las normas del uso del suelo urbano teniendo en cuenta la propiedad privada con algunas especificaciones para el uso colectivo o publico. Intenta atender a las necesidades de los trabajadores (necesarios al capital) con una producción para un mercado específico. Es un mercado que solamente alcanza las familias que tienen ingresos. Quienes no tienen ingesos no son atendidos. Las normas del uso del suelo, las prácticas de financiamiento del Estado para adquirir una casa obedecen, así, a la lógica del mercado. Solo las luchas populares poden interferir, un poco, en la dinámica de la acumulación del capital y en el corto plazo e los gobiernos que se proponen alterar a lógica de la propiedad de la tierra, de las edificaciones sobre las tierras urbanas.

Los movimientos urbanos de lucha por habitación, derecho de luz y agua, transporte colectivo, no son nuevos. Hasta la mitad de los años 60 del siglo XX estaban organizados en cada lugar, barrio, “favelas” (barriadas). En el final de los años 60 comienza una organización amplia, no sólo por el tipo de problema para el cual reivindican soluciones, sino también porque manifiesta la unión de los diferentes lugares (barrios, “favelas”, barriadas).  En la década de 80, los debates para la nueva constitución brasileña crean la unión de muchos movimientos populares y la alianza con técnicos de lo urbano preocupados con la cuestión social. Constituye-se el  movimiento nacional por la reforma urbana, que presenta una propuesta de iniciativa popular de reforma urbana. Otros movimientos presentaron propuestas de iniciativa popular: reforma agraria, propuestas para la educación publica y muchas otras, pero estamos hablando de lo urbano.

El principio fundamental es que la ciudad es una producción colectiva. Presupone la necesidad de regularizar la posesión de la tierra ocupada con su vivienda, el fin de la tierra especulativa y establecer la función social de la ciudad e de la propiedad. Pero no logró obtener una victoria amplia. La constitución de 1988 contenía algunos de los principios como la función social de la ciudad y de la propiedad, el impuesto territorial y predial progresivo en el tiempo, la desapropiación de las tierras desocupadas con pago en títulos de deuda pública. Pero todo dependería del planeamiento urbano. Los principios serían aplicados con la elaboración del plan director de los municipios de más de 20 mil habitantes. También necesitaba de una ley específica para la aplicación de los principios. Los movimientos luchan durante 13 años para la aprobación de la Ley – “Estatuto de la Ciudad”. Además también organizaron nuevas formas de lucha para garantizar la habitación popular, el saneamiento básico, los transportes colectivos, la gestión popular, la construcción de viviendas por ayuda mutua, la necesidad de aprovechar las unidades sin ocupación en las áreas centrales de las ciudades.

El Movimiento de La Reforma Urbana, llamado también de “Forum de la Reforma Urbana”, amplía las luchas en conjunto con organizaciones de otros países. En la convención de la ONU en 1992 actúan en conjunto con movimientos de varios países y elaboran el “Tratado para las ciudad justas, democráticas y Sustentables” que sigue siendo un marco importante para el debate actual. En la Convención del Hábitat II en 1996, lograron obtener algunas victorias, como el derecho a la vivienda como un derecho humano y la limitación de los desalojos forzados. La meta es la construcción del derecho a la Ciudad para todos. En los Foros Sociales Mundiales –Otro mundo es posible—elaboran la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, firmada por un conjunto de entidades de lucha por los derechos de vivienda.

En las luchas por derecho a la ciudad, restricta a la función social de la Ciudad, los movimientos brasileños lograran algunas victorias en la legislación. El Estatuto de la Ciudad es una ley que presenta algunas características diferentes de la mayoría. Está vinculada a muchas manifestaciones de la sociedad civil contra las políticas urbanas brasileñas. No significa que esté contra la lógica de acumulación capitalista, reconoce la propiedad privada de la tierra y habitación, pero impone algunos límites a la especulación inmobiliaria urbana. Evidencia, por otro lado, que el Estado no obedece a lo que se propone en las leyes mayores –la constitución brasileña—, de garantizar calidad de vida. Tampoco cumple las convenciones internacionales como la Agenda Hábitat II incluida en la Constitución Brasileña.
 

“Estatuto de la Ciudad” y la función social de la propiedad y da ciudad

La Ley 10.257/01-“Estatuto de la Ciudad”-, aprobada después de intensas movilizaciones sociales urbanas, define  la ciudad como una producción colectiva y tiene como objetivo promover la función social de la ciudad y de la propiedad. ¿Es una utopía el derecho a la ciudad? Si, pero una utopía que se pretende construir colectivamente. ¿Será posible el derecho a la ciudad en el mundo capitalista?

Mismo con la definición de ciudad como producción colectiva, con el principio de promover la función social de la ciudad y de la propiedad, se trata de una ley que busca la resolución de algunos problemas con el planeamiento del uso del suelo en “planes directores”. Los planes directores son obligatorios para los municipios con mas de 20 mil habitantes

El “Estatuto de La Ciudad” no elimina las contradicciones y conflictos de posesión, apropiación y propiedad de la tierra urbana y de las edificaciones, pero los hace evidentes. Las contradicciones territoriales tornan evidente la articulación entre la reproducción ampliada del capital y la propiedad de la tierra urbana. El fundamento del Estatuto es la participación social en los planes y gestiones democráticas, pero sigue, en general, siendo un planeamiento dentro de los moldes de la producción capitalista. Pretende asegurar la participación de la población en los debates con el Estado y la municipalidad, pero vincula esta participación con la elaboración de un planeamiento urbano. Algunos nuevos instrumentos de uso de la tierra, de límites de especulación

Algunos instrumentos del uso de la tierra, de las edificaciones urbanas, son importantes para imponer límites a la especulación de la tierra, con el objetivo de cumplir la función social de la ciudad y de la propiedad urbana. Hablemos de los nuevos instrumentos y de su vinculación con la planificación urbana y con la posibilidad de participación de los citadinos.

1.      La limitación de la especulación inmobiliaria es expresada en varios artículos, que no objetan la propiedad de la tierra, sólo imponen límites a la falta de uso

a)      Tributo progresivo en el tiempo, el IPTU – Imposto Predial y Territorial Urbano, aplicable cuando la propiedad en área urbanizada está desocupada o presenta pequeña ocupación. Son las que no obedecen a la premisa de la función social de la propiedad, mas esta propiedad solamente puede tener tributo progresivo en el tiempo si el plan director define que dicha área no puede permanecer poco ocupada o con pequeña ocupación. El territorio pasa a ser concreto para los geógrafos analizar la propiedad, la producción del espacio y la reproducción ampliada del capital. El planeamiento é considerado indispensable con las normas capitalistas, plantea un problema a ser resuelto pero no previene los problemas futuros. Permanece la cuestión sobre el significado del planeamiento capitalista. Además este  impuesto aumenta año tras año, hasta 5 años, cuando se puede desapropiar con el pago en títulos de deuda pública. El propietario tiene cincoaños para construir en su propiedad. La novedad es la expropiación en titulo de deuda pública, ya que anteriormente las expropiaciones se daban con pago previo y en dinero.
b)      El parcelamento, edificación o utilización compulsoria de los inmuebles urbanos intenta lo mismo, o sea, imponer límites a la especulación urbana, que necesita igualmente de una planificación y de una legislación específica. Este instrumento puede ser utilizado en las áreas desocupadas o poco ocupadas para aplicación del IPTU progresivo en el tiempo y la desapropiación en títulos de deuda pública, o sea, la municipalidad puede proponer en los terrenos vagos la edificación compulsoria antes o durante la imposición del IPTU progresivo en el tiempo.
c)      Otro instrumento que intenta limitar propiedades baldías es el derecho de “perención” o “caducidad de instancia”, donde la municipalidad tiene prelación para adquirir la propiedad y planear su ordenamiento territorial, ejecutar programas de habitación popular destinadas a quienes no posean títulos de propiedad y que moran en casas o lugares precarios.
 
d)      Los instrumentos que intentan limitar la especulación reconocen la propiedad, mas imponen límites al uso inadecuado.
2.      Entre los instrumentos que reafirman la propiedad de la tierra y de los inmuebles, sin contestar su uso, se tienen:
a)      Los consorcios inmobiliarios, que son firmados entre los propietarios y el poder público, intentan evitar que los inmuebles sean parcelados, edificados o utilizados en desacuerdo con la ley, o para proponer un nuevo uso que, en principio, atendería a la función social de la propiedad. Por medio del consorcio, el propietario transfiere al poder público los inmuebles, y recibe después las obras y la urbanización de unidades de inmuebles con el valor de los inmuebles antes de las obras como pago. La valorización derivada de los recursos públicos no es computada en el valor de la entrega de los inmuebles
b)      La posibilidad de recibir el “obsequio del derecho de construir y de la alteración del uso”. El plan director podrá establecer el derecho de construir, además de lo establecido por la ley del uso del suelo, mediante el pago de una contrapartida para la municipalidad, o sea, se permite al propietario edificar, de modo que incumpla la propia ley mediante pago en dinero u otra forma de contrapartida
c)      Las operaciones urbanas “consorciadas” son intervenciones urbanísticas coordinadas por el poder público con la participación de propietarios, moradores, inversionistas privados, usuarios permanentes, entre otros. Dichas operaciones buscan transformaciones urbanísticas en gran escala. Las áreas de operaciones urbanas deben estar en el plan director y en una legislación específica. En São Paulo, algunas intervenciones provocaron más problemas que soluciones para los moradores, en especial, para los pobres
3.      La innovación del Estatuto de La Ciudad es reconocer las ocupaciones de tierra y de habitaciones por la necesidad de vivir. Los ocupantes de lotes de hasta 250 m2 que no tuvieron objeción alguna a la ocupación en su contra, pudieron obtener un documento de propiedad que puede ser transmitido a sus hijos. Se trata de una conquista importante para los movimientos sociales, que consideran que además del titulo de propiedad, tienen garantizada la permanencia en las tierras ocupadas. En primer momento, las tierras públicas quedaron fuera de la ley, mas los movimientos populares conquistaron este derecho en legislaciones complementarias. Hay que tener en cuenta, hoy, que la mayor parte de las regulaciones ocurren en tierras públicas. Otra innovación es que el reconocimiento de la posesión puede ser colectivo o individual, lo que es fundamental para las favelas (barriadas) que no poseen urbanización, sin calles y lotes definidos formalmente
 
4.      Otra innovación relacionada al planeamiento urbano, pero que al mismo tiempo define un espacio importante para disminuir la carencia de habitación y de urbanidad, son las zonas especiales de interés social, necesarias para la producción de unidades habitacionales, para la regularización urbana, para la urbanización de favelas. Las zonas especiales de interés social deben estar destacadas en el plan director. Pero existe el riesgo de cristalizar las zonas que hoy son carentes de infraestructura con esta delimitación en zonas especiales, que permiten diferencias en los patrones de urbanización: lotes pequeños (de menor tamaño que en general), calles menos amplias que en los loteamientos de los barrios formales. La planificación es una exigencia en una ocupación irregular, y al mismo tiempo puede ser una forma de segregación consentida e estimulada
 
5.      El derecho de “vecindad”, o sea, moradores de las inmediaciones de grandes obras publicas o privadas deben ser oídos para objetar o aprobar los proyectos que generen impactos en las inmediaciones, necesita de legislación especial. Esto es otro desafío para la lógica capitalista, donde el progreso es relacionado con la producción del espacio, en la idea que el desarrollo es hecho apenas por los agentes típicamente capitalistas, pero de forma contradictoria con las necesidades generales. Pocas municipalidades (menos de 0,1%) tienen legislación específica para el derecho del ciudadano afectado por obras. Algunos de los legisladores brasileños elaboran un proyecto de ley para retirar del Estatuto de la Ciudad esta obligatoriedad
 
Se cree que la Ley “Estatuto de La Ciudad” permite obtener la función social de la ciudad y de la propiedad si el Plan Director Participativo, obligado por la ley, modifica el urbanismo tradicional. No se llegará a obtener el derecho a la ciudad. ¿La función social de la propiedad cambiará? ¿Es posible? ¿Es probable? ¿Qué es el derecho a la ciudad en el mundo capitalista?
 
Los movimientos sociales brasileños creen que sea posible cambiar algunas de las formas de propiedad del suelo urbano. Creen que a largo plazo se necesita cambiar el concepto de propiedad de la tierra urbana y rural. Pero hay que continuar en la lucha utilizando lo que es posible, en el momento, para construir la utopía del “Derecho a La Ciudad”. Los urbanistas democráticos creen que la Ley es un paso pequeño, pero que no se pode olvidar que el mundo cambia en las luchas y no apenas en las protestas, que son fundamentales para que se cambie el ideario general sobre el derecho.
Son muy grandes los desafíos, pero es posible que el Estatuto de La Ciudad sea un inicio de alteración de las normas de planeamiento en las ciudades si la participación de la población es real y concreta. Si los conflictos pueden ser esclarecidos entre los que plantean solamente la renta y el lucro y los que plantean el predominio del valor del uso de la tierra y de la vivienda.

El Estatuto de la Ciudad es un desafío para los urbanistas que se preocupan con la función social de la ciudad e de la propiedad urbana. Es un desafío para los geógrafos que procuran analizar la producción de la ciudad, del espacio urbano y las formas de apropiación  y propiedad del territorio. La propiedad de la tierra, la propiedad privada de los medios de producción continúa siendo lo que mueve la producción capitalista del espacio. No podemos olvidar la importancia del territorio, de las luchas sociales que colocan en destaque las contradicciones y los conflictos en la producción de la ciudad y de la reproducción ampliada del capital.
 
 
 
 

© Copyright: Arlete Moyses, 2006
© Copyright Scripta Nova, 2006
 
 
Ficha bibliográfica:
 
MOYSES, A.Luchas por el derecho a la ciudad. Scripta Nova. Revista electrónica de geografía y ciencias sociales.  Barcelona: Universidad de Barcelona, 1 de agosto de 2006, vol. X, núm. 218 (91). <http://www.ub.es/geocrit/sn/sn-218-91.htm> [ISSN: 1138-9788]
 

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